Tribunal chileno ordena al Casino del Mar apagar las pantallas de luz por la noche

El Tribunal de Valparaíso, en Chile, falló a favor de un recurso de protección de residentes y ordenó al Casino del Mar apagar todas las pantallas de luz instaladas en la entrada principal y las áreas circundantes del establecimiento entre la medianoche y las siete de la mañana.
La Segunda Sala de la corte de apelaciones, compuesta por las juezas Carolina Figueroa, Nancy Bluck y la abogada Verónica Munilla, aceptó por unanimidad la acción luego de establecer que las acciones ilegales del acusado violaron las regulaciones existentes.
La sentencia judicial abordó la legitimidad de la demanda del demandante y señaló: «En efecto, la primera de ellas, es decir, la integridad física y psicológica, es de naturaleza personal, y la segunda ha sido denunciada como el derecho del apelante a vivir específicamente en un entorno libre de contaminación».
La resolución desestimó los argumentos de que la operación constituía un ejercicio legítimo de derechos legales basados en las licencias comerciales y los permisos de publicidad otorgados por la Municipalidad de Viña del Mar.
El tribunal señaló que, si bien el casino cuenta con una autorización de la Superintendencia de Casinos para operaciones de juego, restaurantes, bares y salas de entretenimiento, ninguno de los documentos presentados contenía la autorización para operar con pantallas luminosas.
La sentencia declaró: «Ninguno de los documentos referenciados muestra la autorización para el funcionamiento de las pantallas de luz objeto del presente juicio, y mucho menos consideraciones sobre las características y los límites que deben respetar. Por lo tanto, la legalidad de los mismos no se desprende de la documentación aportada. «
La Segunda Cámara consideró que el decreto del Ministerio de Medio Ambiente que establece normas para la luminosidad artificial generada por la iluminación exterior, establece: «Además, todos los letreros y letras luminosos e iluminados deben apagarse a partir de las 00:00 horas y hasta las 07:00 horas».
El tribunal concluyó: «Por lo tanto, el derecho de todas las personas a la integridad física y a vivir en un ambiente libre de contaminación exige que las señales luminosas, como la que es objeto del presente recurso, se apaguen por la noche, precisamente porque, a entender del legislador, afectan los derechos antes mencionados. Argumentar lo contrario nos llevaría a ignorar la existencia de esta norma, lo que claramente no es una interpretación coherente. Además, el artículo citado concluye que mantener las luces encendidas también es un acto ilegal».