SPA-MF lanza una consulta pública para la asignación de apuestas con cuotas fijas

La consulta está disponible a través del portal Participa + Brasil y estará abierta durante 45 días, ya que SPA-MF buscará mejorar los mecanismos de los destinos legales.
Puntos clave:
– Según se informa, el mecanismo es similar al utilizado en la elaboración de la agenda reguladora 2025-26 de SPA-MF
– Las asignaciones, de acuerdo con las leyes vigentes, se dividen en tres bloques, de los cuales dos serán objeto de consulta
La Secretaría de Premios y Apuestas del Ministerio de Hacienda (SPA-MF) de Brasil ha lanzado oficialmente una consulta pública para mejorar el mecanismo de asignación de los fondos generados por las apuestas con cuotas fijas en todo el país.
Según las leyes del país, las asignaciones se dividen en tres bloques, de los cuales dos serán objeto de consulta para los residentes. El primero está formado por las asignaciones a entidades privadas y entidades de la sociedad civil, mientras que el segundo está destinado a entidades del Sistema Deportivo Nacional.
Las entidades incluyen organizaciones deportivas y atletas, como contrapartida al uso de denominaciones, apodos deportivos, imágenes, marcas, emblemas, himnos y símbolos.
La consulta se está realizando a través del portal Participa + Brasil y estará abierta durante 45 días, ya que, según se informa, el mecanismo es similar al utilizado en la elaboración de la agenda regulatoria 2025-26 de SPA-MF.
Es bueno saberlo: el 23 de junio, el Ministerio de Hacienda de Brasil autorizó a dos nuevos operadores a explorar las apuestas con cuotas fijas en el país, ampliando la lista de empresas con licencia en el marco formal de juegos de azar del país
La tercera asignación, que no estaba incluida en la consulta pública en el momento de redactar este informe, proporciona asignaciones legales a las entidades públicas antes mencionadas.
La acción de SPA-MF forma parte del cumplimiento previsto en la Agenda Regulatoria 2025-2025 y previsto como evolución normativa en la Ordenanza 41/2025.